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viernes, 26 de septiembre de 2014

NUEVOS REQUISITOS PARA ACCEDER AL PARO DE LOS AUTÓNOMOS


 

Desde que se abrió la puerta para el cobro del paro por los autónomos, ha habido unas exigencias demasiado restrictivas para acceder a la prestación de desempleo de los autónomos.

Por ello el Gobierno ha establecido recientemente nuevas condiciones para aprobar la prestación por desempleo en el caso de cese de actividad del autónomo y que vamos a detallar en las líneas siguientes:

1.- Es necesario estar al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social y si no fuera así el autónomo tiene que pagar la cantidad correspondiente a la Administración en un plazo de 30 días naturales y de igual manera la causa del cese de la actividad debe estar presente en el catálogo indicado en la nueva Ley de Mutuas.

2.- La causa más socorrida es la pérdida económica, pero no toda pérdida económica es válida para la concesión de la prestación, sino que deben cumplir algunos requisitos como que ésta deberá ser superior al 10% de los ingresos obtenidos durante un año siendo el porcentaje con anterioridad del 20%.

3.- De la misma manera es causa para obtener la prestación cuando haya ejecuciones judiciales que procedan de las deudas y que supongan un 30% o más de los ingresos del año anterior.

4.- la existencia de Declaración de Concurso será otra causa para la solicitad del paro por cese de actividad.

5.- También se puede acceder a la prestación por cese en la actividad si durante el ejercicio en curso surge algún problema de causa mayor que impida su funcionamiento, tal sería el caso cuando se produzca violencia de género o un divorcio, que previamente haya sido resuelto en un juzgado.

 

Con estas medidas y requisitos para cobrar el desempleo de autónomos se pretende acabar con la polémica, ya que el 80 % del cese por actividad de los autónomos era denegado sistemáticamente.

 

jueves, 23 de febrero de 2012

La dación en pago por impago de hipotecas

    
Muchos de los llamados expertos piensan que la dación en pago puede añadir rigidez al mercado hipotecario y restringir la fluidez del crédito, pero no menos cierto es que la medida ayudará a muchas familias, desde luego siempre y cuando se limite a las economías domésticas más debilitadas por la crisis.

La medida de dación en pago permitirá a las familias aliviar su situación económica
 
La medida permitirá acogerse a la dación en pago  con la entrega de la vivienda para saldar la hipoteca, sólo para familias en el umbral de la exclusión social, con todos sus miembros en paro y que no puedan afrontar el pago de la hipoteca de su vivienda habitual. Las familias afectadas podrán vivir en la vivienda al menos durante dos años como inquilinos antes de su desalojo.

La medida es un avance desde el punto de vista social, y como estará  limitada para las familias en peores condiciones económicas, no repercutirá en las condiciones con las que se aprueba una hipoteca y más cuanto que las entidades financieras e aprovecharan de la posibilidad de incluir como gasto fiscalmente deducible las pérdidas en que hubiesen incurrido por la dación en pago. Quizá se dé una restricción en la concesión del crédito pero no es probable al quedar excluidas familias que sobrepasen un determinado nivel de ingresos.

Desde luego la dación en pago tal cual, sin limitaciones y con carácter retroactivo, no es viable, pues las condiciones hipotecarias serán así en el futuro más difíciles y duras. Lo que se debe es provechar de una vez por todas para iniciar un proceso de recuperación económica y social en el sector hipotecario, y por ende  en el inmobiliario, que nos permita remontar la crisis